¿Cuál era el problema con el complemento de maternidad en jubilación activa?
El complemento de maternidad se regulaba en el antiguo artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social desde 2016 hasta el 3 de febrero de 2021. El complemento era un porcentaje sobre la pensión, de hasta un 15%.
En los casos de jubilación activa, el INSS sostenía que el complemento (un porcentaje sobre la pensión) se debía calcular sobre el 50% de la pensión de jubilación activa, no sobre el 100%.
Por ejemplo:
Si la pensión inicial era de 2.000 euros, pero durante la jubilación activa se cobraban 1.000 euros, el INSS calculaba el complemento sobre esos 1.000 euros.
Para un complemento del 15%, la diferencia mensual, en este ejemplo, sería de 150€.
En consecuencia, los atrasos máximos para este caso, a fecha de enero de 2026 podrían de ser de hasta 21.000€.
Como puede deducirse de este ejemplo, el importe mensual del complemento y también los atrasos reclamables pueden ser muy relevantes.